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Como parte de las medidas económicas decretadas en el marco de la emergencia social y ecológica, el presidente de la República firmó este jueves 17 de septiembre el Decreto 1419 de 2026. El articulado oficial faculta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para otorgar un histórico paquete de amnistías fiscales e incentivos económicos dirigido exclusivamente a los contribuyentes residenciales y comerciales cuyas finanzas resultaron lesionadas por el devastador terremoto del pasado 10 de agosto.
La normativa estipula una condonación de hasta el 85% en las sanciones y procesos de actualización aduanera, tributaria y cambiaria para todas aquellas obligaciones que hubiesen entrado en mora con anterioridad a la fecha del sismo. Para acceder al beneficio, los deudores deberán radicar su solicitud formal antes del próximo 19 de noviembre de 2026, comprometiéndose a liquidar el 100% del impuesto neto adeudado junto a unos intereses liquidados bajo una tasa preferencial fija del 4,5% anual.
Facilidades de pago y exclusión a Grandes Contribuyentes
La estrategia de reactivación económica de la DIAN diseñó un esquema de plazos diferenciales para aliviar el flujo de caja de las pymes y los trabajadores independientes del país:
- Hasta 24 meses sin garantías: Los contribuyentes que no hayan incumplido acuerdos previos de pago durante el último año podrán diferir sus saldos mediante acta simple sin requerir fiadores ni respaldos reales.
- Plazos extendidos de 24 a 36 meses: Para deudas superiores que no excedan las 6.000 UVT (aproximadamente $314 millones de pesos), las autoridades aceptarán garantías de carácter personal, exigiendo un abono inicial equivalente al 10% del total consolidado.
El Decreto 1419 aclaró de forma taxativa que este régimen excepcional de beneficios excluye a las empresas catalogadas bajo la categoría de Grandes Contribuyentes del país. El objetivo central del Ministerio de Hacienda es garantizar que el sacrificio fiscal del Estado se concentre estructuralmente en la supervivencia de los pequeños tenderos, agricultores y microempresarios de los 16 departamentos declarados en situación de calamidad pública.